lunes, 7 de mayo de 2012

Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones

 
       Con la publicación del Real Decreto-ley  16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, se viene a dar un paso más y a respaldar la elaboración y adecuación de medicamentos de forma individualizada en los servicios de Farmacia Hospitalaria. Una actividad  indispensable para dar una respuesta a todos aquellos colectivos de pacientes para los cuales la industria farmacéutica no suministra las dosis y formas farmacéuticas adecuadas. La atención farmacéutica llevada a cabo en las unidades de Farmacotecnia en el hospital son un pilar básico en la farmacoterapia actual, principalmente en los servicios de Pediatría, Onco-Hematología, Oftalmología, Unidad del Dolor, Cuidados Paliativos y en pacientes con enfermedades raras. El respaldo legal para poder desarrollar nuestra actividad es un requisito prioritario.
     
      La manipulación y  adecuación de medicamentos en el hospital (Real Decreto-ley 16/2012) : 

       CAPÍTULO IV
      Artículo 7. Manipulación y adecuación de preparaciones de medicamentos.
1. Con el fin de mejorar la eficacia en el uso de los medicamentos en el ámbito hospitalario, las comunidades autónomas podrán acreditar a los servicios de farmacia hospitalaria de su territorio para que en los mismos se puedan llevar a cabo operaciones de fraccionamiento, personalización de dosis y otras operaciones de remanipulación y transformación de medicamentos.
2. La acreditación prevista en el apartado anterior se efectuará de modo que se garantice el cumplimiento de las guías técnicas de buena práctica aplicables al caso por los servicios de farmacia hospitalaria donde se vayan a efectuar las operaciones señaladas.

      3. Las guías de manipulación, fraccionamiento y dosificación personalizada se elaborarán bajo la tutela de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, recabando al efecto la colaboración de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y de expertos de reconocido prestigio.